España no tiene una lista oficial de programas homologados. Quien acredita el cumplimiento es el fabricante: debe emitir una declaración responsable por escrito, visible en el propio sistema y en cada versión, en la que afirma que el programa cumple el artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria, el reglamento y sus especificaciones técnicas.
Tiene una consecuencia directa para ti: según la AEAT, si usas un sistema debidamente certificado y funciona mal, la responsabilidad es del fabricante, no tuya, conforme al artículo 201 bis de la LGT. Por eso conviene comprobar que el programa publica esa declaración antes de contratarlo.
Fuente oficial: AEAT — Certificación de los sistemas informáticos